La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ha dado luz verde a sus lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias, una medida que, si bien establece un marco para la protección de los televidentes y radioescuchas, también acota significativamente la intervención del organismo.
En una decisión que busca equilibrar la regulación con la libertad de expresión, la CRT ha optado por centrar su actuación únicamente en los procedimientos de atención a quejas. Esto significa que el organismo no se inmiscuirá en la revisión de contenidos, las decisiones editoriales de los medios de comunicación, ni asumirá la facultad de dictaminar la veracidad o falsedad de las noticias.
“La CRT no revisa contenidos y las decisiones editoriales de los programas son responsabilidad de los medios, conforme a sus propios principios, valores y criterios”, afirmó Norma Solano, comisionada presidenta de la CRT, en un esfuerzo por disipar las preocupaciones sobre una posible injerencia gubernamental en la labor periodística.
La aprobación de estas reglas se produce en un ambiente de debate sectorial. Diversas organizaciones, incluyendo la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), la Asociación de Internet MX (AIMX) y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), habían expresado previamente alertas sobre los riesgos potenciales que la normativa podría acarrear para la libertad de expresión.
En respuesta a estas inquietudes, se implementaron ajustes clave. Por ejemplo, en lo referente a la libertad de expresión, consagrada en el Artículo 12 del reglamento, se eliminó la cláusula que obligaba a no “difundir información falsa y descontextualizada”. Esta modificación busca prevenir especulaciones sobre posibles atentados contra el libre ejercicio informativo.
“Se precisó para que las concesionarias de TV abierta, radio y de TV y audio de paga, adoptarán medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa”, detalló Solano.
Otro ajuste relevante se dio en los artículos que rigen el procedimiento de queja. Se suprimió la facultad que, según interpretaciones previas, otorgaba a la CRT la capacidad de intervenir en cualquier momento a solicitud ciudadana, así como la de imponer sanciones a las empresas audiovisuales en caso de considerar una falta. La nueva directriz es clara: la Comisión solo intervendrá si no se cumple el procedimiento de atención a quejas.
“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas (…) Para nosotros lo más importante es dejar de lado las especulaciones sobre que estamos atentando contra la libertad de expresión”, reiteró la comisionada presidenta en declaraciones a El Financiero.
Los lineamientos también establecen un plazo de siete días para que el público presente una inconformidad ante la Defensoría de las Audiencias. Una vez recibida, esta instancia podrá solicitar información a la empresa involucrada y, si detecta una vulneración, emitirá recomendaciones para que la compañía ofrezca una solución en un plazo máximo de 20 días naturales.
Adicionalmente, se refuerza la exigencia para que los concesionarios cuenten con defensorías y códigos de ética. También deberán implementar mecanismos para diferenciar claramente la publicidad del contenido noticioso e identificar aquellos espacios donde se mezclan información y opinión, promoviendo así una mayor transparencia para el público.
La consulta pública sobre los lineamientos, realizada entre el 27 de julio y el 21 de agosto de 2026, recibió 8,089 participaciones. De estas, el 94.7% fueron puntos de vista y solo el 5.3% propuestas concretas, las cuales fueron agradecidas por la comisionada presidenta.
La Asociación de Internet MX (AIMX) había manifestado previamente su preocupación, señalando que el proyecto contenía “conceptos jurídicos indeterminados” que podrían generar incertidumbre regulatoria y dar pie a decisiones discrecionales, incompatibles con los estándares de libertad de expresión. La AIMX sugirió incorporar una regla que, ante la duda, favorezca la interpretación más amplia de la libertad de expresión e independencia editorial.
Ante estas posturas, Solano Rodríguez reiteró que las disposiciones legales no buscan interferir en la labor informativa ni censurar contenidos. “La CRT no revisa contenidos ni toma decisiones editoriales de los medios, por lo que los lineamientos no implican una intervención en la libertad de expresión”, concluyó, buscando cerrar el debate sobre posibles restricciones.
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) también había emitido advertencias sobre los nuevos lineamientos, sumándose a las voces que piden cautela para no afectar el ejercicio periodístico y la libre circulación de la información en el país.