La administración del presidente Donald Trump ha delineado una estrategia para mantener y expandir su política de aranceles, recurriendo a la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. Esta medida busca reemplazar los gravámenes temporales que expiran el próximo 24 de julio, los cuales fueron establecidos bajo la Sección 122 de la misma ley tras la anulación de poderes de emergencia por parte de la Corte Suprema.
El Muro Arancelario de Trump
Desde el inicio de su segundo mandato, Donald Trump ha hecho de los aranceles una piedra angular de su política económica. Ante la inminente expiración de los aranceles generales del 10 por ciento impuestos bajo la Sección 122, su gobierno ha indicado planes para implementar nuevas tarifas. Estas se basarían en la Sección 301, una disposición que permite a la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) imponer aranceles como respuesta a prácticas comerciales consideradas discriminatorias o contrarias a los acuerdos internacionales por parte de otros países.
La estrategia actual se enfoca en dos frentes principales: acusaciones de trabajo forzado y la supuesta existencia de exceso de capacidad manufacturera en importantes socios comerciales.
Aranceles por Trabajo Forzado
La USTR ha propuesto la imposición de aranceles del 10 o 12.5 por ciento a las importaciones provenientes de 60 países. El argumento central es que estas naciones no aplican de manera efectiva las prohibiciones sobre bienes fabricados con trabajo forzado, lo que les otorga una ventaja competitiva desleal. La Sección 301 faculta a la USTR, bajo directrices presidenciales, a tomar represalias contra tales prácticas.
Un informe de la USTR publicado el 2 de junio, si bien no determina directamente si se importan bienes producidos con trabajo forzado, evalúa si los países cuentan con prohibiciones formales y si estas se hacen cumplir. La tasa arancelaria propuesta podría depender de factores como la existencia de acuerdos comerciales previos con la administración Trump, e incluso contempla un mecanismo especial para reducir tarifas en ciertos volúmenes de importaciones de textiles y prendas de vestir de economías específicas.
La USTR argumenta que la falta de cumplimiento de las prohibiciones sobre trabajo forzado perjudica el comercio estadounidense al exponer a las empresas locales a competencia desleal. Como ejemplo, se menciona a Canadá, cuya prohibición de importar bienes elaborados con trabajo forzado, a pesar de existir, carece de estadísticas oficiales sobre su aplicación, sugiriendo un bajo nivel de cumplimiento.
El informe también señala que la pérdida de cuota de mercado en exportaciones estadounidenses como tabaco, arroz, carne de res y algodón en países con indicios de trabajo forzado sugiere que estas exportaciones se han visto afectadas o que productos similares fabricados sin estas restricciones han ingresado a EU, perjudicando a las empresas locales.
Exceso de Capacidad Manufacturera
Paralelamente, la administración Trump está preparando el terreno para aplicar nuevos aranceles bajo la Sección 301 mediante una investigación sobre el presunto exceso de capacidad manufacturera en 16 socios comerciales clave. Esta medida busca abordar lo que EU considera una producción industrial desmedida que distorsiona los mercados globales.
Además, se prevé la ampliación de los aranceles sectoriales, dirigidos a categorías específicas de productos que, según la perspectiva estadounidense, se benefician de prácticas de producción desleales.
Reacciones Internacionales
Diversos países, incluyendo India y Canadá, han rechazado las acusaciones de EU sobre la aplicación deficiente o inexistente de normativas contra el trabajo forzado. Sostienen que no existe fundamento legal para la imposición de aranceles bajo la Sección 301 y que sus regulaciones internas son suficientes y se aplican correctamente.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el trabajo forzado como cualquier labor o servicio exigido a una persona bajo amenaza de sanción, sin que medie el consentimiento voluntario. Esta definición subraya la gravedad de las acusaciones que fundamentan la nueva política arancelaria de la administración Trump.
La estrategia arancelaria de Trump, que se extiende a través de la Sección 301, representa una continuación de su enfoque proteccionista, buscando reconfigurar las relaciones comerciales globales bajo la premisa de la seguridad económica y la equidad para las empresas estadounidenses, aunque esto implique tensiones con numerosos socios comerciales.