La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ha dado luz verde a los lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias, una medida que busca establecer un marco para la interacción entre los medios de comunicación y su público. Sin embargo, la aprobación viene acompañada de precisiones clave que acotan la intervención de la CRT, limitándola principalmente a los procedimientos de atención a quejas y asegurando explícitamente que no se inmiscuirá en la revisión de contenidos, las decisiones editoriales o la determinación de la veracidad de las noticias.

Esta decisión se produce en un momento de intenso debate dentro del sector. Organismos representativos de la industria, como la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), la Asociación de Internet MX (AIMX) y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), han manifestado previamente su preocupación por los posibles riesgos que esta nueva normativa podría acarrear.

Norma Solano, comisionada presidenta de la CRT, explicó que se realizaron ajustes significativos para disipar temores sobre la libertad de expresión. Un ejemplo notable es la eliminación del requisito de no “difundir información falsa y descontextualizada” del Artículo 12 del reglamento, una medida destinada a prevenir especulaciones sobre posibles restricciones al ejercicio informativo libre.

“Se precisó para que las concesionarias de TV abierta, radio y de TV y audio de paga, adoptarán medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa”, detalló Solano, subrayando el compromiso con la autonomía editorial de los medios.

Adicionalmente, se suprimió la facultad que inicialmente se otorgaba a la CRT para intervenir en cualquier momento a solicitud de los ciudadanos, así como para imponer sanciones a las empresas audiovisuales en caso de detectar alguna infracción. Esta modificación busca clarificar el rol de la Comisión.

“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas (…) Para nosotros lo más importante es dejar de lado las especulaciones sobre que estamos atentando contra la libertad de expresión”, afirmó Solano en declaraciones a El Financiero.

Funcionamiento del Derecho de Audiencias

Bajo los nuevos lineamientos, el público dispondrá de un plazo de siete días para presentar una inconformidad ante la Defensoría de las Audiencias. Posteriormente, la empresa concesionaria deberá responder a la solicitud de información y, si se determina que hubo una vulneración, se emitirán recomendaciones para que la compañía ofrezca una solución en un máximo de 20 días naturales.

Los concesionarios estarán obligados a contar con defensorías y códigos de ética. Asimismo, deberán implementar mecanismos para diferenciar claramente la publicidad del contenido noticioso y para identificar aquellos espacios donde se mezclen información y opinión, promoviendo así una mayor transparencia para el público.

La Asociación de Internet MX (AIMX) había advertido previamente que el marco legal dejaba abiertas interpretaciones discrecionales, lo cual consideraban incompatible con los principios de libertad de expresión. La asociación señaló que el proyecto contenía conceptos jurídicos indeterminados que, a falta de criterios técnicos objetivos, podrían generar incertidumbre regulatoria.

“El proyecto (de derechos de las audiencias) contiene diversos conceptos jurídicos indeterminados que, sin criterios técnicos objetivos, pueden producir incertidumbre regulatoria y abrir espacios para decisiones discrecionales incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales de libertad de expresión”, manifestó la AIMX en un posicionamiento oficial.

La AIMX también expresó su inquietud sobre la efectividad de las salvaguardas para evitar restricciones a la libertad de expresión o censura previa. La asociación argumentó que la interpretación de conceptos como “veracidad” y “diligencia editorial” podría ser ambigua, creando incentivos para la autocensura en los medios.

“Ante la incertidumbre sobre los criterios para evaluar contenidos periodísticos, los medios podrían optar por evitar información controvertida o determinados temas. Para reducir ese riesgo, es necesario incorporar una regla que establezca que, ante cualquier duda sobre una obligación editorial, prevalezca la interpretación más favorable a la libertad de expresión e independencia editorial”, sugirió la AIMX.

Ante estas inquietudes, Norma Solano reiteró que las disposiciones legales no buscan interferir con la labor informativa ni ejercer censura. “La CRT no revisa contenidos ni toma decisiones editoriales de los medios, por lo que los lineamientos no implican una intervención en la libertad de expresión”, concluyó la comisionada presidenta.

Por su parte, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) también había expresado su cautela, advirtiendo que los nuevos lineamientos de derechos de las audiencias no debían convertirse en herramientas de control editorial. Armando Zúñiga Salinas, vicepresidente nacional de Comunicación de Coparmex, afirmó que “la mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos”.

En el contexto de la regulación de las telecomunicaciones y los medios en México, la aprobación de estos lineamientos representa un paso hacia la formalización de los derechos de las audiencias. Sin embargo, la discusión subraya la delicada balanza entre la protección del público y la salvaguarda de la libertad de prensa y la independencia editorial, un equilibrio que continuará siendo objeto de escrutinio y debate en el futuro cercano.

La CRT, al definir su rol y sus límites de intervención, busca establecer un precedente sobre cómo se gestionarán las quejas y las relaciones entre audiencias y concesionarios. La clave residirá en la aplicación práctica de estos lineamientos y en cómo se interpretan los conceptos de “veracidad” y “diligencia editorial” en el día a día de la operación mediática, siempre bajo la premisa de no coartar la libertad de expresión.