Un frente unido de 25 estados bajo el mando demócrata ha lanzado una ofensiva legal contra la administración de Donald Trump, presentando una demanda ante la Corte de Comercio Internacional de Estados Unidos. El objetivo: anular los recientes aranceles globales que, según los demandantes, representan una extralimitación de las facultades presidenciales y un capricho político.
La querella se centra en la imposición de gravámenes del 10 y 12.5 por ciento a la vasta mayoría de las importaciones provenientes de 60 economías. Los estados argumentan que la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), liderada por Jamieson Greer, ha utilizado la lucha contra el trabajo forzoso como un pretexto para reinstaurar un esquema arancelario que ya ha sido declarado ilegal en instancias judiciales previas, tanto bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) como bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio.
Un Bloque Estatal Contra la Casa Blanca
Entre las entidades federativas que encabezan esta acción legal se encuentran potencias económicas como California, Nueva York, Illinois, Washington, Michigan, Massachusetts, Arizona, Colorado, Nueva Jersey y Wisconsin. A ellos se suman los gobernadores de Kentucky y Pensilvania, quienes han unido fuerzas para impugnar la política comercial impulsada por Trump.
La demanda, interpuesta formalmente contra el presidente Donald Trump, el representante comercial Jamieson Greer, la USTR y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), subraya que la medida anunciada el 23 de julio contraviene decisiones previas de la Suprema Corte y de la Corte de Comercio Internacional. Estas instancias ya habían determinado que la IEEPA no otorga al presidente la autoridad para establecer aranceles de manera generalizada, y que el uso posterior de la Sección 122 también fue declarado ilegal.
Argumentos de Ilegalidad y Arbitrariedad
Los estados demandantes califican la acción arancelaria como "arbitraria, caprichosa y contraria a la ley". Sostienen que la USTR no ha logrado demostrar una conexión lógica entre las tarifas impuestas y el supuesto objetivo de erradicar el trabajo forzoso. La amplitud de los gravámenes, argumentan, incluso contradice los propios fines declarados por la agencia.
En el documento judicial se expone que la Sección 301 de la Ley de Comercio permite la adopción de medidas "apropiadas y viables" para eliminar prácticas comerciales específicas de otros países. Sin embargo, la administración Trump, según los demandantes, ha utilizado esta facultad para implementar una política arancelaria global sin establecer mecanismos claros para que los países puedan revertir los gravámenes mediante mejoras en sus políticas contra el trabajo forzoso.
Evidencia de Continuidad Estratégica
La demanda también presenta evidencia que sugiere que el programa arancelario fue diseñado para dar continuidad a la estrategia comercial de Trump. Se citan declaraciones públicas del propio presidente y del representante comercial Jamieson Greer, quienes anticiparon la intención de recurrir a investigaciones aceleradas bajo la Sección 301 para reemplazar los aranceles que perderían vigencia bajo la Sección 122.
Un punto crítico en la argumentación es la inusual celeridad de la investigación de la USTR. Mientras que procesos similares contra China o Brasil han requerido entre ocho meses y un año, la revisión sobre 60 economías concluyó en apenas dos meses y medio antes de recomendar la imposición de los nuevos aranceles. Esta rapidez, según los estados, levanta sospechas sobre la rigurosidad del proceso.
Diversidad de Países, Uniformidad de Aranceles
Otro de los pilares de la demanda es el cuestionamiento a la aplicación de tarifas prácticamente uniformes a países con niveles muy dispares en cuanto a cumplimiento de normativas sobre trabajo forzoso. La demanda destaca el caso de México, que ya cuenta con una prohibición implementada sobre importaciones vinculadas con trabajo forzoso, reforzada por el T-MEC y nuevos protocolos en 2025, y que, sin embargo, ha recibido el mismo trato arancelario que economías con capacidades mucho más limitadas para supervisar y regular estas prácticas.
Los estados demandantes señalan que la USTR no ha ofrecido explicaciones claras sobre por qué se aplicaron tarifas tan homogéneas a países con marcos regulatorios, niveles de desarrollo y capacidades de inspección tan divergentes. Tampoco se ha justificado cómo estos gravámenes contribuirían efectivamente a la erradicación del trabajo forzoso.
Impacto Económico y Advertencias Ignoradas
La demanda también recoge las advertencias realizadas durante la consulta pública por parte de empresas, gobiernos extranjeros y organizaciones especializadas. Estos actores advirtieron que los aranceles no solo no combatirían el trabajo forzoso, sino que, en cambio, incrementarían los costos para los importadores y consumidores estadounidenses. Los demandantes sostienen que la USTR desestimó estas preocupaciones sin ofrecer respuestas sustantivas, lo que refuerza su argumento de que la medida es arbitraria y carece de fundamento.
En el contexto internacional, esta disputa legal subraya las tensiones comerciales y las complejidades inherentes a la imposición de medidas arancelarias unilaterales. La decisión de la Corte de Comercio Internacional será crucial para definir los límites de la autoridad presidencial en materia de política comercial y para establecer un precedente sobre cómo se deben abordar las preocupaciones sobre trabajo forzoso en el comercio global.
La administración Trump ha defendido históricamente el uso de aranceles como herramienta para reequilibrar las relaciones comerciales y proteger la industria nacional. Sin embargo, esta demanda representa un desafío significativo a esa estrategia, argumentando que las acciones recientes exceden la autoridad legal y perjudican los intereses económicos de varios estados clave.
El desenlace de este litigio podría tener implicaciones de largo alcance para el comercio internacional y la política económica de Estados Unidos, sentando un precedente sobre la interpretación y aplicación de las leyes comerciales en el futuro.